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Legislación › Decreto 680/1974, de 28 de febrero, por el que se dispone el pago de haberes y retribuciones al personal en activo de la Administración del Estado y de los Organismos Autónomos a través de establecimientos bancarios o Cajas de Ahorro.

Artículo nueve.

Artículo nueve.

Por la prestación de los servicios incluidos en los artículos anteriores, las Entidades de crédito no podrán exigir ni descontar cantidad alguna a los perceptores ni a la Administración.

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