Legislación › Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria.
Art. 137.
Art. 137.
El Asesor general tendrá a su cargo todas las Asesorías que están al servicio de la Mutualidad y le corresponderá el asesoramiento técnico, financiero, económico y general de la Mutualidad.


