Legislación › Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria.
Art. 88.
Art. 88.
A los asegurados les será entregada la suficiente documentación, al objeto de que tengan la más completa información de sus derechos y deberes respecto a esta prestación y puedan hacer uso del servicio en cualquier parte del territorio nacional donde exista organización.


