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Legislación › Orden de 28 de febrero de 1974 por la que se aprueba el Reglamento de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria.

Art. 88.

Art. 88.

A los asegurados les será entregada la suficiente documentación, al objeto de que tengan la más completa información de sus derechos y deberes respecto a esta prestación y puedan hacer uso del servicio en cualquier parte del territorio nacional donde exista organización.

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