Legislación › Instrumento de Adhesión de España al Convenio relativo al Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (C. M. R.), hecho en Ginebra el 19 de mayo de 1956.
Protocolo de firma
PROTOCOLO DE FIRMA
En el momento de proceder a la firma del Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera, los infrascritos, debidamente autorizados, convienen en las declaraciones y precisiones siguientes:
1. El presente Convenio no se aplicará a los transportes realizados entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la República de Irlanda.
2. Adición al párrafo 4 del artículo primero.
Los infrascritos se obligan a negociar convenios sobra el contrato de mudanza y sobre el contrato de transporte combinado.
En fe de lo cual el infrascrito, debidamente autorizado al efecto, ha firmado el presente Protocolo.
Hecho en Ginebra en el día de hoy, diecinueve de mayo de mil novecientos cincuenta y seis, en los idiomas francés e inglés, cada uno de ellos, siendo igualmente fehaciente.


