Legislación › Decreto 2181/1975, de 12 de septiembre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración, Circulación y Comercio de Pastas Alimenticias.
Art. 9. Características de las pastas alimenticias.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de agosto de 1976 y la del 19 de noviembre de 1991.
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Art. 9. Características de las pastas alimenticias.
· 1.
·
Porcentaje
· Pastas alimenticias simples:
·
· Humedad
·
· (máximo) (máximo): 12,5.
·
12,5
·
·
Cenizas referidas a sustancia seca (máximo) (máximo): 1,1.
·
1,1
·
·
Acidez de la grasa (máximo) expresada en grados (máximo), referida a sustancia seca: 5.
·
35,0
·
·
Proteínas referidas a sustancia seca N x 5,7 (mínimo) (mínimo): 9,5
·
· 2. Pastas alimenticias
·
Las pastassimples (simples) de calidad superior se ajustarán a las siguientes características:
· Humedad
·
· (máximo) (máximo): 12,5.
·
12,5
·
·
Cenizas referidas a sustancia seca (máximo) (máximo): 0,9.
·
0,9
·
·
Acidez de la grasa (máximo) expresada en grados (máximo), referida a sustancia seca: 4.
·
30,0
·
·
Proteínas referidas a sustancia seca N x 5,7 (mínimo) (mínimo): 11,0.
·
11,0
·
3. Pastas alimenticias compuestas:
·
· Las pastas alimenticias compuestas pueden ser:
·
·
· 3.1
· «Al
· gluten».–Enriquecidas gluten». Enriquecidas exclusivamente con gluten de trigo:
· Humedad
·
· (máximo) (máximo): 12,5.
·
12,5
·
·
Cenizas referidas a sustancia seca (máximo) (máximo): 1,1.
·
1,1
·
·
Acidez de la grasa (máximo) expresada en grados (máximo), referida a sustancia seca: 5.
·
35,0
·
·
Proteínas referidas a sustancia seca N x 5,7 (mínimo) (mínimo): 20,0.
·
20,0
·
3.2 «Al huevo». Enriquecidas, por lo
·
Al huevo».–Enriquecidasmenos menos, con tres huevos enteros de gallina, con un peso total de 150 gramos de huevo sin cáscara por kilogramo de sémola o 65 gramos de yemas, exclusivamente.
· Cumplirán las siguientes características:
·
·
· Humedad
·
· (máximo) (máximo): 12,5.
·
12,5
·
·
Cenizas referidas a sustancia seca (máximo). (máximo): 1,1.
·
1,1
·
·
Acidez de la grasa (máximo) expresada en grados (máximo), referida a sustancia seca: 5.
·
35,0
·
·
Proteínas referidas a sustancia seca N x 5,7 (mínimo) (mínimo): 12,5.
·
12,5
·
3.3 «A la
· leche».–Enriquecidas. leche». Enriquecidas, al menos menos, con 2,5 por 100 de leche en polvo desnatada al 1 por 100 de materia grasa o 250 gramos de leche natural, entera, parcialmente concentrada o su equivalente en otras formas de preparación por kilogramo de sémola:
· Se ajustarán a las siguientes características:
·
·
· Humedad
·
· (máximo) (máximo): 12,5.
·
12,5
·
·
Cenizas referidas a sustancia seca (máximo) (máximo): 1,2.
·
1,2
·
·
Acidez de la grasa (máximo) expresada en grados (máximo), referida a sustancia seca: 5.
·
35,0
·
·
Proteínas referidas a sustancia seca N x 5,7 (mínimo) (mínimo): 11,0.
·
11,0
·
3.4 «Al
· tomate».–Enriquecidas tomate». Enriquecidas, al menos menos, con un 2 por 100 de tomate deshidratado, con el 4 por 100 de tomate concentrado al 28 por 100 de sólidos totales o también con 200 gramos de tomates naturales por kilogramo de sémola: sémola.
·
·
·
Humedad (máximo) (máximo): 12,5.
·
12,5
·
·
Cenizas referidas a sustancia seca (máximo) (máximo): 1,3.
·
1,3
·
·
Acidez de la grasa (máximo) expresada en grados (máximo), referida a sustancia seca: 5.
·
35,0
·
·
Proteínas referidas a sustancia seca N x 5,7 (mínimo) (mínimo): 11,0.
·
11,0
·
3.5 «A las
· espinacas».–Enriquecidas espinacas». Enriquecidas, al menos menos, con un 2 por 100 de espinacas deshidratadas deshidratadas, o con 200 gramos de espinacas naturales por kilogramo de sémola: sémola.
·
·
·
Deberán ajustarse a las siguientes características:
· Humedad (máximo): 12,5.
·
·
Cenizas referidas a sustancia seca (máximo) (máximo): 1,5.
·
1,5
·
·
Humedad (máximo)
·
12,5
·
·
Acidez de la grasa (máximo) expresada en grados (máximo), referida a sustancia seca: 5.
·
35,0
·
·
Proteínas referidas a sustancia seca N x 5,7 (mínimo) (mínimo): 11,0.
·
11,0
·
Las pastas alimenticias compuestas podrán contener sal común comestible. comestible, pero en cualquier caso el contenido final del producto terminado no será nunca superior al 1 por 100, expresado en sustancia seca.
Cuando sean elaboradas con pastas alimenticias de calidad superior habrá de tenerse en cuenta el mínimo de proteínas establecido en éstas.
4. Pastas rellenas:
4.1 La cantidad en de peso del relleno oscilará entre el 20 y será, como mínimo, el 40 25 por 100 del referido al peso total del producto.
4.2 La acidez de la grasa pasta expresada en grados, referida a sustancia seca, será del 40,0 como máximo. máximo 7.
4.3 Por exigencias de una mejor preparación y conservación del relleno, podrán agregarse al mismo los aditivos que para estos fines autorice la Dirección General el Ministerio de Sanidad. Sanidad y Consumo.
5. Pastas alimenticias frescas: Reunirán las siguientes características:
5.1 Humedad, como máximo, el 30 por 100 y como mínimo el 22 por 100.
5.2 La acidez de la grasa expresada en grados, referido a sustancia seca no será superior a 40,0 6 en las pastas simples y compuestas y a 45.0 7 en las rellenas.
5.3 Las pastas alimenticias frescas simples cumplirán los límites limites de cenizas y proteínas establecidas para las secas.
Las especificaciones de humedad, acidez de la grasa, cenizas y proteínas recogidas en este articulo artículo se determinarán con arreglo a los métodos de análisis recogidos en el anexo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de noviembre de 1991 En vigor | BOE-A-1991-26242 | Leer | Qué cambió |
| 17 de agosto de 1976 | BOE-A-1976-14453 | Leer | Qué cambió |
| 14 de septiembre de 1975 | Texto original | Leer |


