Legislación › Orden de 29 de noviembre de 1975 por la que se aprueban las normas de calidad para los quesos «Cheddar», «Edam», «Gouda», «Emmental», «Gruyère» y «Danablu».
ANEJO 9
ANEJO 9
Determinación del contenido de extracto seco
1. Principio.
El extracto seco del queso y de los quesos fundidos es la masa, expresada en porcentaje ponderal, que queda después del proceso de desecación.
La precisión del método es de ± 0,1 por 100.
2. Material y aparatos.
2.1. Balanza analítica, sensibilidad 0,1 mg.
2.2. Desecador provisto de un buen deshidratante (gel de sílice con indicador higrométrico o cloruro de calcio).
2.3. Estufa de desecación que permita obtener una temperatura constante hasta 110° C.
2.4. Cápsulas de níquel o de aluminio de dos centímetros de altura, aproximadamente, y de seis a ocho centímetros de diámetro.
2.5. Arena de cuarzo de granos gruesos o arena marina purificada con ácido clorhídrico, lavada y calcinada.
2.6. Agitadores de vidrio con una extremidad plana.
3. Procedimiento.
Colocar 20 gramos de arena, aproximadamente, y un agitador de vidrio en la cápsula de níquel o de aluminio. Secar la cápsula con arena y el agitador en la estufa a 105° C., hasta peso constante. Dejar enfriar la cápsula en el desecador y pesar.
Colocar rápidamente en la cápsula, aproximadamente, tres gramos de la muestra de queso preparada y pesar de nuevo.
Triturar cuidadosamente la masa de queso con la arena con ayuda del agitador (4.1). Secar la cápsula en la estufa durante cuatro horas a 105° C. Dejar enfriar en el desecador y pesar.
Proseguir el secado hasta peso constante separando cada pesada por una permanencia en la estufa de media hora.
4. Observaciones.
4.1. Para los quesos que fundan a la temperatura de 105° C. en una masa córnea, se recomienda guardar primero la cápsula con la masa del queso triturado en el desecador durante dieciséis horas, a la presión atmosférica normal y a la temperatura del laboratorio. Se removerá de vez en cuando el contenido de la cápsula con el agitador, para evitar la formación de costras.
5. Referencias.
Federación Internacional de Lechería, Norma FIL-IDF 4: 1658.
Redactados los apartados 3 y 4 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 311, de 27 de diciembre de 1975. BOE-A-1975-26741


