Legislación › Instrumento de Ratificación del Convenio entre el Estado Español y la República Federativa del Brasil para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, hecho en Brasilia el 14 de noviembre de 1974.
Artículo 22. Rentas no mencionadas expresamente.
Artículo 22. Rentas no mencionadas expresamente.
Las rentas de un residente de un Estado Contratante no mencionadas expresamente en los artículos anteriores pueden someterse a imposición en los dos Estados Contratantes.


