LexTotal

Legislación › Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.

Artículo doscientos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de julio de 1976 y la del 20 de febrero de 1977. Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo doscientos.
Uno. En el primer período, la base del arbitrio sobre ordenación urbanística será el valor urbanístico de los terrenos no edificados conforme al Plan, y el tipo de gravamen, el cero, cincuenta por ciento.
Dos. La aplicación del precedente párrafo modificará lo previsto en relación con el arbitrio sobre solares en la Ley de Régimen Local.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de febrero de 1977 En vigor BOE-A-1977-2691 Leer Qué cambió
6 de julio de 1976 Texto original Leer

← Artículo ciento noventa y nueve Índice Artículo doscientos uno →