Legislación › Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
Artículo doscientos treinta y siete.
Artículo doscientos treinta y siete.
Uno. Los actos de las Entidades Locales, cualquiera que sea su objeto, que ponga fin a la vía administrativa serán recurribles directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Dos. Los actos de aprobación definitiva de Planes de ordenación y proyectos de urbanización serán impugnables ante la jurisdicción contencioso-administrativa en los términos prevenidos en el artículo veintinueve de la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
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