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Legislación › Orden de 24 de julio de 1976 por la que se crea el sistema especial para las tareas de manipulado y empaquetado de tomate fresco realizadas por cosecheros exportadores dentro del Régimen General de la Seguridad Social.

Art. 6.º Cotización.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de septiembre de 1976 y la del 3 de febrero de 2002. Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (53 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 6.º Cotización.
6.1 Los empresarios descontarán a sus trabajadores la parte de cuota correspondiente en el momento de hacerles efectivas sus retribuciones y en la forma establecida para el Régimen General.
6.2 La aportación de los empresarios a este Sistema Especial consistirá en una cuota por kilogramo tonelada de tomate fresco empaquetado durante el periodo período de que se trate.
El valor de Las reducciones o bonificaciones en la cuota cotización empresarial por kilogramo contingencias comunes, a que den derecho determinadas modalidades de tomate empaquetado será fijada por contratación, se aplicarán a la Subsecretaría parte de la Seguridad Social aportación antes señalada correspondiente a los trabajadores afectados por las mismas, previa distribución del 1 importe a que ascienda dicha aportación entre la totalidad de octubre los trabajadores de cada año. la empresa en el período a que corresponda.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de febrero de 2002 En vigor BOE-A-2002-2195 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 1976 Texto original Leer

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