LexTotal

Legislación › Real Decreto 2685/1976, de 16 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales.

Art. 3. Tipos de preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de abril de 1998 y la del 11 de junio de 2000. Tachado: lo que se quitó (34 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 3.º Tipos de preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales.
3.1 Alimentos que satisfacen las exigencias fisiológicas especiales de nutrición de las personas sanas:
3.1.1 Alimentos para niños lactantes, poslactantes y de corta edad.
3.1.1.1 Alimentos a base de leche, productos lácteos y componentes de la leche.
3.1.1.1.1 (Derogado)
3.1.1.1.2 (Derogado)
3.1.1.2 (Derogado)
3.1.1.2.1 (Derogado)
3.1.1.2.2 (Derogado)
3.1.1.3 (Derogado)
3.1.1.4 (Derogado)
3.1.2 Alimentos complementarios o para situaciones de esfuerzo y desgaste.
3.1.2.1 Alimentos pera mujeres embarazadas y en periodo de lactación.
3.1.2.2 Alimentos que proporcionan nutrientes complementarios. En este grupo se incluyen los alimentos destinados a aquellas personas que realizan esfuerzos físicos extraordinarios o que viven en condiciones especiales del medio ambiente.
3.1.2.3 Alimentos para personas de avanzada edad.
3.2 Alimentos para regímenes nutricionales específicos.
3.2.1 Alimentos sin gluten.
3.2.2 Alimentos con reducido contenido en ciertos aminoácidos o sin ellos. (Derogado)
3.2.3 (Derogado)
3.2.4 Alimentos ricos en calorías. (Derogado)
3.2.5 Alimentos con variaciones cualicuantitativas en grasas, carbohidratos, proteínas, sales o iones. (Derogado)
3.2.6 Alimentos hipoalergénicos. (Derogado)
3.2.7 Alimentos para diabéticos.
3.3 Alimentos especiales considerados tradicionalmente como específicos para regímenes dietéticos.
3.3.1 Levaduras,
3.3.2 Germen de trigo.
3.3.3 Polen, jalea real.
3.3.4 Alimentos no refinados (cereales y harinas integrales, azúcar moreno, etc.).
3.3.5 Aceites y grasas con alto contenido en ácidos grasos esenciales.
3.4 Alimentos especiales administrados por medio de sonda. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de marzo de 2018 En vigor BOE-A-2018-4245 Leer Qué cambió
11 de junio de 2000 BOE-A-2000-10922 Leer Qué cambió
8 de abril de 1998 BOE-A-1998-8200 Leer Qué cambió
25 de septiembre de 1997 BOE-A-1997-20317 Leer Qué cambió
14 de enero de 1993 BOE-A-1993-836 Leer Qué cambió
27 de noviembre de 1976 Texto original Leer

← Art 2 Índice Art 4 →