Legislación › Ley 3/1976, de 11 de marzo, sobre expropiación forzosa e imposición de servidumbres de paso de líneas, cables y haces hertzianos para los servicios de telecomunicación y radiodifusión de sonidos e imágenes del Estado.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
DISPOSICIÓN ADICIONAL
La presente Ley será de aplicación a las líneas, cables y haces hertzianos utilizados en la explotación de instalaciones de telecomunicación y radiodifusión cuya concesión, al amparo de la legislación vigente, se otorgue por los Ministerios de la Gobernación y de Informacion y Turismo, en el ámbito de sus respectivas competencias, a aquellas personas naturales o jurídicas que lo soliciten, en el caso de que, cuando no se trate de municipios, se reconozca expresamente por los citados Departamentos que reúnen las condiciones de ser beneficiarios por causa de utilidad pública.


