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Legislación › Decreto 573/1976, de 26 de febrero, por el que se reconoce a la Academia de la Lengua Vasca bajo la denominación de Real Academia de la Lengua Vasca.

Artículo vigésimo primero.

Artículo vigésimo primero.

Las decisiones se tomarán por mayoría, y, en su caso, con el quórum que especialmente se determina en estos Estatutos.

Bastará que así lo solicite un Académico de número para que la votación sea secreta.

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