Legislación › Real Decreto 1220/1977, de 23 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Farmacia de Barcelona.
Artículo 11.
Artículo 11.
El Presidente de la Academia asume la máxima autoridad directiva de la Corporación y la representará en sus relaciones con el Estado y Corporaciones Oficiales en cuantas ocasiones fuese necesario. Sus facultades las especificará el Reglamento, así como las de los demás cargos directivos. Será auxiliado y sustituido en sus funciones por el Vicepresidente.


