Legislación › Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General y Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.
Art. 55.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de junio de 1977 y la del 7 de junio de 2001.
Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (27 palabras).
Volver al texto en vigor
Art. 55.
Los colegiados se reunirán en Junta general General ordinaria dos veces al año.
La primera se celebrará tendrá lugar en el primer trimestre, semestre, siendo obligatorio incluir en la misma el examen y aprobación, si procede, procediera, de las cuentas del ejercicio anterior, así como de la Memoria memoria que la Junta de Gobierno someta a su conocimiento y en la que, con claridad y precisión precisión, se expondrá la labor realizada en el año precedente. Para el mejor conocimiento de las los colegiados, ambos documentos, junto con la convocatoria y el Orden orden del día provisional, deberán estar a disposición de los mismos, al menos, con treinta días naturales de antelación a la celebración de la Junta.
La segunda Junta General ordinaria se celebrará durante el cuarto trimestre, presentándose en ella los presupuestos del ejercicio siguiente, que deberán estar, igual-mente, estar igualmente a disposición de los colegiados colegiados, con la convocatoria y el orden del día provisional, treinta días naturales antes de la reunión.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de junio de 2001 En vigor | BOE-A-2001-10670 | Leer | Qué cambió |
| 29 de junio de 1977 | Texto original | Leer |


