Legislación › Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General y Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.
Art. 96.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 1983 y la del 7 de junio de 2001.
Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (156 palabras).
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Art. 96.
No podrán ser impuestas las sanciones disciplinarias previstas en el artículo anterior sin la previa formación de expediente expediente, excepto en los casos de faltas leves. Las actuaciones se iniciaran iniciarán por acuerdo de La la Junta de Gobierno sobre la procedencia o no de incoación de expediente, a instancia de parte, cuando tenga conocimiento o reciba comunicación o denuncia sobre una supuesta infracción. Antes de acordar la incoación de expediente o, en su caso, el archivo de las actuaciones, la Junta de Gobierno podrá resolver sobre la práctica de información reservada. En el acuerdo de incoación del expediente se designará al Instructor instructor y Secretario secretario en los términos previstos en el artículo 92.
La obligación de resolver y los efectos de la falta de resolución expresa se regirán por las disposiciones del capítulo I del Título IV de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El plazo de prescripción de las infracciones será de tres años para las muy graves, dos años para las graves y seis meses para las leves. Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas leves al año. El plazo de prescripción de las infracciones comenzará a contar desde el día en que se hubieran cometido y el de las sanciones a partir del día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de junio de 2001 En vigor | BOE-A-2001-10670 | Leer | Qué cambió |
| 3 de abril de 1983 | BOE-A-1983-7602 | Leer | Qué cambió |
| 29 de junio de 1977 | Texto original | Leer |


