Legislación › Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General y Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de junio de 1977 y la del 3 de abril de 1983.
Tachado: lo que se quitó (52 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras).
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DISPOSICIÓN ADICIONAL
Si en algún Colegio, bien por su escaso número de colegiados bien por carecer de estatutos particulares o por otras razones debidamente acreditadas no pudieran cumplirse algunas de Todas las disposiciones contenidas menciones a Colegios de ámbito provincial que figuran en estos Estatutos, el Pleno del Consejo general decidirá sobre las medidas oportunas Estatutos se entenderán referidas a adoptar los Colegios correspondientes a la demarcación territorial de que tendrán carácter provisional se trate en tanto perduren las causas que las motivaron. cada caso.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de abril de 1983 En vigor | BOE-A-1983-7602 | Leer | Qué cambió |
| 29 de junio de 1977 | Texto original | Leer |


