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Legislación › Real Decreto 1471/1977, de 13 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General y Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.

Tercera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 29 de junio de 1977 y la del 3 de abril de 1983. Tachado: lo que se quitó (75 palabras). Subrayado: lo que se añadió (47 palabras). Volver al texto en vigor

Tercera.
El día 3 de noviembre de 1978 tendrán lugar las elecciones para cubrir los cargos de Secretario, Contador y la mitad de los Vocales de las Las Juntas de Gobierno de los Colegios. Excepcionalmente el primer mandato de estos cargos concluirá el día 3 de junio de 1981.
El día 3
nuevos Colegios de junio Ibiza-Formentera y de 1979 tendrán lugar las Menorca se constituirán mediante elecciones para cubrir los cargos de Presidente, Tesorero y celebradas en la mital de forma establecida en los Vocales de las Juntas Estatutos aprobados por Real Decreto 1471/1977, de Gobierno así como la totalidad 13 de mayo. Excepcionalmente, los miembros de cargos que resulten elegidos en las Comisiones disciplinarias mismas ejercerán su mandato hasta el mes de los Colegios. junio del año 1985, en el que se procederá a su renovación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de abril de 1983 En vigor BOE-A-1983-7602 Leer Qué cambió
29 de junio de 1977 Texto original Leer

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