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Legislación › Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos.

REGLA NÚMERO 1

REGLA NÚMERO 1

Capitanes Generales de los Ejércitos de Tierra, Mar o Aire

1. Descripción.

Ejército: Será una bandera cuadra, con los colores da la Bandera Nacional, con dos bastones (bengalas) cruzados de Mariscal en azul y sobre ellos el emblema del Ejército en sus esmaltes, en el centro de la franje gualda.

Armada: Será una bandera cuadra, con los colores de la Bandera Nacional, con un ancla en azul a lo largo de la franja gualda.

Aire: Será una bandera cuadra, con los colores de la Bandera Nacional, con dos bastones (bengalas) cruzados de Mariscal en azul y sobre ellos, el emblema del Ejército del Aire en sus esmaltes en el centro de la franja gualda.

2. Tipos y usos.

Los indicados en regla número 1 del capítulo VI de este título.

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