Legislación › Real Decreto 1511/1977, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Banderas y Estandartes, Guiones, Insignias y Distintivos.
REGLA NÚMERO 16
REGLA NÚMERO 16
Teniente General del Ejército del Aire
1. Descripción.
Será una bandera cuadra de los colores de la Bandera Nacional, llevando en el centro de la franja roja superior el emblema del Ejército del Aire, y en el centro de la franja gualda, tres estrellas de cuatro puntas en color rojo.
2. Tipos y usos.
En buques, edificios, mástiles y vehículos, según lo especificado en la regla número 1 del capítulo IIl del título IV.


