Legislación › Real Decreto 2434/1977, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Especial de Controladores de la Circulación Aérea.
Artículo treinta y nueve.
Artículo treinta y nueve.
En la convocatoria de vacantes se incluirán las que hayan de producirse por causa de jubilación en los tres meses siguientes a la fecha de la convocatoria.


