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Legislación › Real Decreto 2555/1977, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.

preambulo

Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de diciembre de 2009 y la del 7 de agosto de 2020. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (24 palabras). Volver al texto en vigor

Norma derogada, con efectos de 7 de agosto de 2020, por la disposición derogatoria única del Real Decreto 724/2020, de 4 de agosto. BOE-A-2020-9271
Este Reglamento pasa a denominarse "Reglamento de la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación", según establece el art. único.1 del Real Decreto 2002/2009, de 23 de diciembre. BOE-A-2009-20767

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de agosto de 2020 En vigor BOE-A-2020-9271 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 2009 BOE-A-2009-20767 Leer Qué cambió
9 de octubre de 1977 BOE-A-1977-26395 Leer

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