Legislación › Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía.
Artículo quinto.
Artículo quinto.
Están comprendidas en esta Ley las infracciones de naturaleza laboral y sindical consistentes en actos que supongan el ejercicio de derechos reconocidos a los trabajadores en normas y convenios internacionales vigentes en la actualidad.


