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Legislación › Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía.

Artículo quinto.

Artículo quinto.

Están comprendidas en esta Ley las infracciones de naturaleza laboral y sindical consistentes en actos que supongan el ejercicio de derechos reconocidos a los trabajadores en normas y convenios internacionales vigentes en la actualidad.

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