Legislación › Real Decreto 3261/1977, de 1 de diciembre, por el que se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6.º de la Ley 36/1977, de 23 de mayo.
Artículo octavo.
Artículo octavo.
Los funcionarios de los Cuerpos Penitenciarios tienen el deber de asistir a los cursos de perfeccionamiento en la Escuela de Estudios Penitenciarios con la periodicidad, características y finalidades que establezca la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.


