Legislación › Ley 10/1977, de 4 de enero, sobre mar territorial.
Disposición final primera.
Disposición final primera.
El presente texto legal no puede ser interpretado como reconocimiento de cualesquiera derechos o situaciones relativos a los espacios marítimos de Gibraltar, que no estén comprendidos en el artículo diez del Tratado de Utrecht, de trece de julio de mil setecientos trece, entre las Coronas de España y Gran Bretaña.


