LexTotal

Legislación › Real Decreto 444/1977, de 11 de marzo, por el que se dictan normas complementarias del Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y de las apuestas.

Disposición transitoria primera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de abril de 1977 y la del 18 de noviembre de 1978. Tachado: lo que se quitó (61 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria primera.
No obstante lo dispuesto en el artículo cuarto, y sin perjuicio de la aprobación ulterior de la Reglamentación General de Juegos en Círculos y Establecimientos Turísticos, la Presidencia del Gobierno, a propuesta de los Ministerios de Hacienda, de la Gobernación y de Información y Turismo, dictará en el plazo más breve posible un reglamento provisional de ordenación del juego del bingo. (Derogada).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de noviembre de 1978 En vigor BOE-A-1978-28628 Leer Qué cambió
13 de abril de 1977 Texto original Leer

← Artículo 10 Índice Disposición transitoria segunda →