Legislación › Real Decreto 908/1978, de 14 de abril, sobre control sanitario y homologación de material e instrumental médico, terapéutico o correctivo.
Primera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de mayo de 1978 y la del 14 de mayo de 1996.
Tachado: lo que se quitó (54 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Primera.
De conformidad con lo establecido en los artículos segundo, dos, y tercero, uno, del Real Decreto dos mil ochocientos veinticinco/mil novecientos setenta y siete, de seis de octubre, se constituirá una Comisión Asesora de Material o Instrumental, con los grupos de trabajo que resulten precisos, para facilitar los informes y asesoramientos que resulten procedentes. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de mayo de 1996 En vigor | BOE-A-1996-9089 | Leer | Qué cambió |
| 24 de mayo de 1978 | Texto original | Leer |


