LexTotal

Legislación › Real Decreto 908/1978, de 14 de abril, sobre control sanitario y homologación de material e instrumental médico, terapéutico o correctivo.

Tercera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de mayo de 1978 y la del 14 de mayo de 1996. Tachado: lo que se quitó (52 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Tercera.
Lo establecido en este Real Decreto será de aplicación a medida que, para cada clase o tipo de material o instrumental, se dé cumplimiento a lo previsto en el artículo tercero, a), siempre sin perjuicio de las facultades de suspensión o prohibición, a que se refiere el apartado e) del mismo artículo. (Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de mayo de 1996 En vigor BOE-A-1996-9089 Leer Qué cambió
24 de mayo de 1978 Texto original Leer

← Segunda Índice