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Legislación › Real Decreto 1279/1978, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley 5/1977, de 4 de enero, de Fomento de Producción Forestal.

Artículo 66.

Artículo 66.

En el momento de caducar la concesión, revertirán al Estado los terrenos objeto de la expropiación, con cuantos bienes se asienten sobre los mismos.

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