Legislación › Real Decreto 1609/1978, de 12 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales de la Hacienda Pública.
Artículo 2. Dependencia jerárquica.
Artículo 2. Dependencia jerárquica.
1. El Cuerpo Especial de Ingenieros Técnicos Forestales de la Hacienda Pública estará bajo la dependencia del Ministerio de Hacienda en lo que afecta a su dirección, organización, disciplina, gobierno y personal, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la referida Ley, y jerárquicamente, del titular del Departamento.
2. La Jefatura Superior del Cuerpo corresponde al Subsecretario de Hacienda. Sin perjuicio de dicha competencia, los Ingenieros Técnicos Forestales que lo componen estarán subordinados a los Jefes de los Centros y oficinas a que están adscritos y a los Directores generales de quienes dependan.


