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Legislación › Real Decreto 1856/1978, de 29 de junio, por el que se aprueban los Estatutos de la Organización Colegial de A. T. S.

Artículo 59.

Artículo 59.

Faltas leves.–Son faltas leves:

a) La negligencia en el cumplimiento de normas estatutarias.

b) Las infracciones débiles de los deberes que la profesión impone.

c) Los actos enumerados en el artículo anterior, cuando no tuviesen entidad suficiente para ser consideradas como graves.

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