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Legislación › Orden de 28 de julio de 1978 por la que se desarrolla lo dispuesto en el Real Decreto 1774/1978, de 23 de junio, por el que se incluye la incapacidad laboral transitoria como mejora voluntaria en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.

Art. 8.º Pago.

Art. 8.º Pago.

El pago se llevará a cabo por la Mutualidad Laboral de Trabajadores Autónomos, por períodos vencidos.

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