Legislación › Orden de 31 de agosto de 1978 por la que se desarrolla el Decreto 670/1978, de 11 de marzo, sobre Cofradías de Pescadores.
Artículo 9.
Artículo 9.
Los recursos económicos de las Federaciones Provinciales y de la Nacional serán los mismos que se establezcan para las Cofradías en el artículo 5.º del Real Decreto 670/1978.


