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Legislación › Orden de 31 de agosto de 1978 por la que se desarrolla el Decreto 670/1978, de 11 de marzo, sobre Cofradías de Pescadores.

Artículo 9.

Artículo 9.

Los recursos económicos de las Federaciones Provinciales y de la Nacional serán los mismos que se establezcan para las Cofradías en el artículo 5.º del Real Decreto 670/1978.

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