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Legislación › Real Decreto 2421/1978, de 2 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 11/1975, de 12 de marzo, sobre señales geodésicas y geofísicas.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

El plazo para formular peticiones de indemnizaciones por ocupación de terreno, en caso de señales ya existentes en el momento de la entrada en vigor de la Ley 11/1975, será de un año, contando a partir de la promulgación del presente Reglamento.

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