Legislación › Real Decreto 2518/1978, de 26 de julio, por el que se aprueban los Estatutos provisionales del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales.
Artículo 2.
Artículo 2.
La vigencia de los Estatutos aprobados quedará sin efecto una vez que se aprueben los Estatutos Generales a que se refiere el párrafo 2 de la disposición adicional de la Ley veinte/mil novecientos setenta y siete, de uno de abril, de creación del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales.


