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Legislación › Real Decreto 2648/1978, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora.

Articulo séptimo.

Articulo séptimo.

Quedan derogados:

El Decreto de catorce de noviembre de mil novecientos cin­cuenta y dos que clasificó las estaciones de onda media.

El Decreto mil quinientos setenta y nueve/mil novecientos sesenta y uno, de trece de julio, que modificó el artículo sexto del Decreto de catorce de noviembre de mil novecientos cin­cuenta y dos.

El Decreto cuatro mil ciento treinta y tres/mil novecientos sesenta y cuatro, de veintitrés de diciembre, que aprobó el Plan Transitorio de Ondas Medias.

La Orden de doce de abril de mil novecientos sesenta y cinco que publicó la relación de emisoras autorizadas por el Plan Transitorio.

El Decreto mil ochocientos setenta y seis/mil novecientos se­senta y cinco, de veinticuatro de junio, sobre función radiodifusora en frecuencia modulada.

El Decreto tres mil ciento treinta y siete/mil novecientos sesenta y siete, de catorce de diciembre, que modificó las nor­mas del Plan Transitorio de Ondas Medias; y

El Real Decreto mil doscientos/mil novecientos setenta y siete, de veintitrés de abril, sobre transferencias de concesiones.

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