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Legislación › Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional.

Artículo 54.

Artículo 54.

Para facilitar dicha inspección y resolver rápidamente las dudas, que pudieran presentarse, las Autoridades regionales militares por medio de sus respectivas Jefaturas Técnicas, u Organismos análogos, podrán comunicase directamente con el Jefe del Servicio del que dependa la obra o trabajo, quien facilitará los datos y aclaraciones que fueren solicitados.

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