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Legislación › Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de zonas e instalaciones de interés para la Defensa Nacional.

Artículo 59.

Artículo 59.

Los plazos previstos en los artículos 50.1 y 51.3 se considerarán ampliados en quince días en el caso de tratarse de proyectos que afecten a las provincias insulares.

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