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Legislación › Orden de 19 de junio de 1979 por la que se establecen normas para la obra benéfico-social de las Cajas de Ahorros.

Artículo 10.

Artículo 10.

La gestión y administración de las obras benéfico-sociales podrá realizarse a través de Fundaciones o Patronatos creados por las Cajas de Ahorro, solas o en asociación con Entidades colaboradoras. Sus Estatutos, además de los requisitos que exija la legislación general, requerirán autorización del Ministerio de Economía.

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