Legislación › Real Decreto 2004/1979, de 13 de julio, por el que se regula la constitución de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen y el Consejo General del Instituto Nacional de Denominaciones de Origen.
Artículo quinto.
Artículo quinto.
Para los Consejos Reguladores de Denominación de Origen de productos agrarios distintos del vino se aplicarán normas semejantes a las establecidas en los artículos anteriores, siempre que sean consecuentes con sus propios Reglamentos, así como para las Denominaciones específicas que tengan un ámbito nacional.


