Legislación › Orden de 9 de enero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de Casinos de Juego.
Artículo 1.º
Artículo 1.º
A los efectos de este Reglamento, tendrán la consideración de Casinos de Juego aquellos establecimientos dedicados especialmente a la práctica de juegos de suerte, envite o azar de los incluidos en el catálogo de juegos.


