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Legislación › Orden de 9 de enero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de Casinos de Juego.

Artículo 1.º

Artículo 1.º

A los efectos de este Reglamento, tendrán la consideración de Casinos de Juego aquellos establecimientos dedicados especialmente a la práctica de juegos de suerte, envite o azar de los incluidos en el catálogo de juegos.

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