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Legislación › Ley 5/1979, de 18 de septiembre, sobre reconocimiento de pensiones, asistencia médico-farmacéutica y asistencia social en favor de las viudas, hijos y demás familiares de los españoles fallecidos como consecuencia o con ocasión de la pasada guerra civil.

Segunda.

Segunda.

Se faculta al Gobierno para dictar las disposiciones precisas para la ejecución y desarrollo de la presente Ley para adoptar las medidas orgánicas, funcionales y el procedimiento necesario para lograr una eficaz y rápida aplicación de sus preceptos.

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