Legislación › Real Decreto 2298/1979, de 20 de julio, sobre naturaleza y derecho de asociación de los funcionarios de Instituciones Penitenciarias.
Artículo primero.
Artículo primero.
Los funcionarios pertenecientes a los distintos Cuerpos al servicio de la Administración Penitenciaria tendrán a todos los efectos el carácter de funcionarios civiles del Estado, no siendo considerados como personal armado.


