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Legislación › Real Decreto 2650/1979, de 11 de octubre, por el que se crea y estructura el Organismo autónomo Entidad Estatal de Seguros Agrarios.

Artículo cuarto.

Artículo cuarto.

La financiación de las obligaciones derivadas de las actuaciones a desarrollar por ENESA se efectuará con los siguientes recursos:

a) Los productos y rentas de su patrimonio.

b) Los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado y de otras Entidades públicas para aquellos fines.

c) Las subvenciones y cualquiera otros recursos que pudieran atribuírsele.

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