Legislación › Real Decreto 2650/1979, de 11 de octubre, por el que se crea y estructura el Organismo autónomo Entidad Estatal de Seguros Agrarios.
Artículo cuarto.
Artículo cuarto.
La financiación de las obligaciones derivadas de las actuaciones a desarrollar por ENESA se efectuará con los siguientes recursos:
a) Los productos y rentas de su patrimonio.
b) Los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado y de otras Entidades públicas para aquellos fines.
c) Las subvenciones y cualquiera otros recursos que pudieran atribuírsele.


