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Legislación › Real Decreto 2756/1979, de 23 de noviembre, por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación asume parte de las funciones que tiene encomendadas.

[preambulo]

Creado el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación por Real Decreto-ley cinco/mil novecientos setenta y nueve, de veintiséis de enero y establecida su estructura orgánica por Real Decreto novecientos noventa y ocho/mil novecientos setenta y nueve, de veintisiete de abril, es el momento de que se haga realidad su actuación, asumiendo parte de las funciones que el Real Decreto-ley citado le encomienda, dejando para una etapa posterior otras que el Instituto ha de desarrollar.

Asimismo se evidencia la necesidad de que se pueda practicar en el seno del Instituto la designación de representantes a que se refieren los artículos diez, ciento treinta y cuatro y ciento cuarenta y seis del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintitrés de noviembre de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

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