Legislación › Ley 40/1979, de 10 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de Control de Cambios.
Disposición final cuarta.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de septiembre de 1983 y la del 6 de julio de 2003.
Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Disposición final cuarta.
Los preceptos contenidos en los capítulos I, III y IV de la presente Ley podrán ser modificados o derogados por Ley ordinaria de las Cortes Generales. (Derogada)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de julio de 2003 En vigor | BOE-A-2003-13471 | Leer | Qué cambió |
| 18 de septiembre de 1983 | BOE-A-1983-22147 | Leer |
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