Legislación › Ley 41/1979, de 10 de diciembre, sobre creación de Cuerpos Especiales de la Administración del Estado dependientes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
Artículo primero.
Artículo primero.
Uno. Se crean los siguientes Cuerpos Especiales de la Administración Civil del Estado, que dependerán del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con las plantillas presupuestarias que asimismo se fijan:
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Denominaciones |
Plantilla presupuestaria – Plazas |
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Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos |
120 |
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Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos |
200 |
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Cuerpo de Técnicos Especialistas Aeronáuticos |
1.420 |
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Cuerpo de Ingenieros de Telecomunicación |
26 |
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Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Telecomunicación |
119 |
Dos. Estos Cuerpos se regirán por la Ley de Funcionarios Civiles del. Estado y por las normas contenidas en la presente Ley.


