Legislación › Real Decreto 2855/1979, de 21 de diciembre, por el que se crean Oficinas Presupuestarias.
Artículo primero.
Artículo primero.
En todos los Ministerios existirá, bajo la dependencia del Subsecretario del Departamento, una Oficina Presupuestaria, con el rango máximo de Subdirección General, que ejercerá las funciones que se establecen en el presente Real Decreto.


