Legislación › Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública.
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Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de agosto de 1979 y la del 13 de junio de 1980.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (33 palabras).
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La presente Ley, Ley entra en vigor el día 1 de agosto de 1982, a excepción de su artículo 3 y disposición adicional 2, entra que entran en vigor el día 1 de agosto febrero de 1982, 1979, según establece su disposición final final, en la redacción dada por el art. único del de la Ley 28/1980, de 10 de junio. BOE-A-1980-11883, ya modificada, con la misma redacción, por el Real Decreto-Ley 12/1979, de 3 de agosto. BOE-A-1979-20112
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de junio de 1980 En vigor | BOE-A-1980-11883 | Leer | Qué cambió |
| 15 de agosto de 1979 | BOE-A-1979-20112 | Leer |


