Legislación › Ley 75/1978, de 26 de diciembre, de Cuerpos de Correos y Telecomunicación.
Disposición final séptima.
Disposición final séptima.
El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Transportes y comunicaciones, promulgará los reglamentos que desarrollen la presente Ley en el plazo de seis meses a partir de su vigencia.


