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Legislación › Ley 75/1978, de 26 de diciembre, de Cuerpos de Correos y Telecomunicación.

Disposición final séptima.

Disposición final séptima.

El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Transportes y comunicaciones, promulgará los reglamentos que desarrollen la presente Ley en el plazo de seis meses a partir de su vigencia.

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